Procuraduría aclara que nueva Ley del Deporte no reinicia períodos dirigenciales
La Procuraduría General del Estado emitió un pronunciamiento clave sobre la vigencia de la nueva Ley Orgánica del Deporte, inscrita el 11 de febrero de 2026. En su respuesta oficial, el organismo señaló que la entrada en vigor de la normativa “no interrumpe, reinicia ni altera” el cómputo de los períodos de ejercicio de los dignatarios, autoridades u órganos directivos elegidos bajo la legislación anterior, descartando cualquier interpretación de “borrón y cuenta nueva”.
El criterio se fundamenta en la Disposición Derogatoria Única y la Disposición Transitoria Décima Segunda de la ley, y establece que los períodos cumplidos previamente siguen siendo válidos para efectos de los límites de reelección. Además, la Procuraduría indicó que el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura deberá observar el régimen jurídico vigente al momento de la primera elección del dirigente correspondiente, incluidos los límites previstos en el artículo 151 de la Ley del Deporte de 2010 sobre duración de mandatos y restricciones a la reelección.
El pronunciamiento impacta directamente en el escenario de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, donde el actual presidente Francisco Egas cumple su segundo período desde 2019 y enfrenta cuestionamientos sobre una eventual postulación para 2027-2031. Mientras desde el ámbito gubernamental se respalda el límite de dos mandatos, la FEF sostiene que cuenta con criterios favorables de FIFA y Conmebol. El posible choque entre normativa nacional y estatutos internacionales podría escalar a instancias judiciales en caso de impugnaciones.
